Caza, pesca y certificación ecológica
Según el Reglamento 889/2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control, los productos que se han obtenido a través de la caza o de la pesca NO pueden ser certificados como ecológicos, puesto que no se puede garantizar o controlar de forma efectiva la alimentación del animal ni si la muerte ha cumplido con los mínimos de bienestar animal.
Este Reglamento, y a diferencia del Reglamento del año 1991 al que sustituyó, permite la certificación de aquellos ingredientes que acompañen al producto cazado o pescado (“en aceite ecológico”, “al Oporto ecológico”, “con vegetales ecológicos”…)
Aunque como hemos dicho, los ingredientes que acompañen al producto obtenido de la caza o de la pesca, pueden ser certificados como ecológicos –siempre y cuando cumplan los requisitos para ello– el producto NUNCA podrá llevar el logo europeo de Agricultura Ecológica, tan solo indicaciones por escrito de los ingredientes que son ecológicos, en el caso de que los hubiera.